lunes, 5 de octubre de 2015

Dioses al Estrado (15-5-2015)

En India, los dioses poseen personalidad jurídica y, como tales, derechos legales. El sistema indio reconoce a los dioses como "menores perpetuos", por lo que deben ser representados por un tercero (generalmente, un sacerdote a cargo de un templo o algún miembro de las familias aristocráticas históricamente encargadas del mecenazgo y protección de los mismos) y las causas llevadas a cabo nunca prescriben. Dado que son personas jurídicas, los dioses tienen propiedad, siendo legalmente los dueños de sus templos y los tesoros que contienen; los sacerdotes y mecenas son considerados meramente administradores del patrimonio de la divinidad en cuestión.

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